Calendario fiscal 2026 para autónomos y pymes en Burgos: todas las fechas que debes marcar
- Sofía García Fernández

- hace 6 días
- 6 Min. de lectura
Si eres autónomo o gestionas una pyme en Burgos, sabes que el año fiscal no perdona: una fecha mal apuntada puede acabar en recargos, sanciones o trámites innecesarios. Por eso, tener a mano un calendario fiscal 2026 te ayuda a planificar pagos, anticipar cierres contables y evitar sustos.
En esta guía práctica encontrarás:
Dónde consultar el calendario oficial.
Las fechas clave por meses.
Un apartado imprescindible: Renta y Patrimonio 2025 (campaña 2026).
Y algo que se olvida mucho: los plazos de domiciliación bancaria, que no coinciden exactamente con los plazos generales.

El calendario fiscal oficial (AEAT): dónde consultarlo
La Agencia Tributaria publica cada año el calendario fiscal oficial, que recoge todas las fechas de presentación de impuestos y declaraciones informativas aplicables a autónomos, pymes y empresas, tanto con periodicidad mensual, trimestral como anual.
Este calendario es la fuente oficial y de referencia, y puede consultarse directamente en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria a través del siguiente enlace:
En este calendario se detallan, entre otros:
Declaraciones de IVA (modelos 303, 309, 353…).
Declaraciones de retenciones (modelos 111, 115, 123, etc.).
Pagos fraccionados de IRPF (modelos 130 y 131).
Impuesto sobre Sociedades (modelo 200 y pagos fraccionados).
Declaraciones informativas como el modelo 349 de operaciones intracomunitarias.
Modelos anuales, resúmenes y declaraciones especiales.
Calendario fiscal 2026 mes a mes
Regla de oro (AEAT): si el último día de plazo es inhábil (y el sábado cuenta como inhábil), el vencimiento pasa al primer día hábil siguiente.
IVA – Modelo 303 (el más habitual)
Autoliquidaciones trimestrales (autónomos y pymes en régimen general)
1T: del 1 al 20 de abril
2T: del 1 al 20 de julio
3T: del 1 al 20 de octubre
4T: del 1 al 30 de enero
📌 Importante: el cuarto trimestre tiene un plazo ampliado hasta el 30 de enero.
Autoliquidaciones mensuales (grandes empresas, REDEME, grupos de IVA)
Del 1 al 30 del mes siguiente al periodo de liquidación.
Excepción clave:
IVA de enero → hasta el último día de febrero.
📌 Si el último día es inhábil (sábado, domingo o festivo), el plazo se traslada al primer día hábil siguiente.
Retenciones e ingresos a cuenta (Modelos 111, 115, 123, entre otros)
Obligación trimestral
Presentación: del 1 al 20 de enero, abril, julio y octubre.
Aplica a:
Retenciones a trabajadores.
Retenciones a profesionales.
Retenciones por alquileres.
Obligación mensual
Del 1 al 20 del mes siguiente al periodo correspondiente.
Aplica principalmente a:
Grandes empresas.
Empresas con obligación mensual.
Pagos fraccionados de IRPF (Modelos 130 y 131)
Autónomos en estimación directa u objetiva:
1T: del 1 al 20 de abril
2T: del 1 al 20 de julio
3T: del 1 al 20 de octubre
4T: del 1 al 30 de enero
📌 Son pagos a cuenta de la Renta y no sustituyen la declaración anual.
Impuesto sobre Sociedades (Modelo 200)
Presentación general: en el mes de julio.
Para ejercicios coincidentes con el año natural:
del 1 al 25/27 de julio (según calendario oficial).
📌 Además, muchas empresas deben presentar pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades durante el año.
Declaraciones informativas habituales
Modelo 349 (operaciones intracomunitarias):
Mensual, trimestral o anual según volumen.
Modelo 390 (resumen anual IVA):
Enero.
Modelo 180 (resumen anual de retenciones por alquileres):
Enero.
Modelo 190 (resumen anual de retenciones por trabajo y profesionales):
Enero.
Modelo 347 (operaciones con terceros):
Primer trimestre del año siguiente (febrero concretamente).
Importante: no todos los negocios tienen las mismas fechas
Aunque este resumen recoge lo más habitual en Burgos, el calendario fiscal no es igual para todos. Cambia según:
Tipo de actividad.
Volumen de facturación.
Régimen de IVA (mensual o trimestral).
Operaciones internacionales.
Número de trabajadores.
En SGF Asesores revisamos tu caso concreto y te indicamos qué modelos te corresponden y cuándo, evitando errores, recargos y sanciones.
Fechas clave de la Campaña de Renta y Patrimonio 2025 (en 2026)
Esto es de lo más buscado cada año, así que lo dejamos muy claro:
Del 8 de abril al 30 de junio de 2026: presentación por Internet de Renta y Patrimonio 2025.
Del 6 de mayo al 30 de junio de 2026: la AEAT te confecciona la Renta por teléfono.
Cita previa: del 29 de abril al 29 de junio.
Del 1 de junio al 30 de junio de 2026: atención presencial en oficinas AEAT.
Cita previa: del 29 de mayo al 29 de junio.
📞 Teléfonos de cita:
Teléfono automático: 91 535 73 26 / 901 12 12 24
Servicio cita Renta: 91 553 00 71 / 901 22 33 44
Consejo SGF: Aunque la Agencia Tributaria ofrece ayuda para confeccionar la declaración, no revisa si estás aplicando todas las deducciones ni si la declaración es la más favorable para ti. Antes de confirmar tu Renta, es recomendable que un profesional revise ingresos, gastos, deducciones autonómicas (como las de Castilla y León), alquileres, inversiones o actividades económicas para evitar pagar de más o recibir requerimientos posteriores.
Domiciliación bancaria: el detalle que provoca muchos errores
Muchísima gente se guía por “hasta el 20” o “hasta el 30”, pero si quieres domiciliar el pago, el plazo suele cerrar antes.
Regla práctica:
La domiciliación bancaria suele terminar antes que el plazo general.
Debe haber un margen mínimo entre el fin de domiciliación y el final del plazo general: mínimo 3 días hábiles (o 5 naturales).
Esto te afecta especialmente si pagas:
IVA,
retenciones,
pagos fraccionados de IRPF,
Sociedades,
y Renta/Patrimonio.
¿Todas las pymes presentan impuestos trimestralmente?
No. Aunque es una creencia muy extendida, no todas las pymes presentan sus impuestos de forma trimestral. La periodicidad con la que una empresa debe presentar sus declaraciones fiscales depende de varios factores, y no únicamente de su tamaño o de que se considere “pyme”.
El error más común
Muchas empresas asocian automáticamente el concepto de pyme con:
IVA trimestral
Retenciones trimestrales
Pagos fraccionados cada tres meses
Sin embargo, esta asociación no siempre es correcta y puede llevar a errores importantes en el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Pymes con obligaciones trimestrales
La mayoría de pymes presentan sus principales impuestos trimestralmente, siempre que cumplan estas condiciones:
Facturación inferior a 6.010.121,04 € anuales.
No estar inscritas en el REDEME (Registro de Devolución Mensual del IVA).
No formar parte de un grupo de IVA.
En estos casos, lo habitual es:
IVA (modelo 303): trimestral.
Retenciones (modelos 111, 115, 123, etc.): trimestral.
Pagos fraccionados (modelos 130 o 202, según el caso): trimestral.
Este es el régimen más común entre pequeñas y medianas empresas en Burgos y en el resto de España.
SGF Asesores: tu gestoría de confianza en Burgos para 2026
En un contexto normativo cada vez más exigente y cambiante, contar con una gestoría experta en Burgos que conozca en profundidad la normativa fiscal, laboral y contable es fundamental para avanzar con seguridad y sin imprevistos.
En SGF Asesores acompañamos a autónomos, pymes y empresas durante todo el año para que puedan cumplir con sus obligaciones y centrarse en lo realmente importante: hacer crecer su negocio. Nuestro trabajo va mucho más allá de presentar impuestos, y se basa en una planificación continua y personalizada.
Te ayudamos a:
Detectar y anticipar nuevas obligaciones antes de que se conviertan en urgencias o sanciones.
Revisar tu facturación y adaptar tus sistemas y herramientas de emisión de facturas a la normativa vigente.
Preparar y presentar correctamente tus obligaciones fiscales trimestrales y anuales.
Optimizar tu estrategia fiscal, ajustando cotizaciones, módulos y modelos tributarios según tu actividad.
Interpretar y aplicar cambios normativos clave, como el control de cobros por Bizum o la implantación de sistemas como Verifactu.
Si estás en Burgos o en Castilla y León y necesitas una gestoría que te guíe paso a paso en la transición digital y fiscal, en SGF Asesores te acompañamos de principio a fin para que tu empresa no se quede atrás.
📍 Dirección: C/ Ramón y Cajal, 5, bajo, 09002 Burgos
📞 Teléfonos: 947 251 337 / 652 432 658
📧 Correo Electrónico: recepcion@sgfasesores.es
Contacta con nosotros y afronta 2026 con la tranquilidad de saber que tu negocio está en buenas manos.






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