Guía rápida de la subvención alquiler de vivienda 2025 en Castilla y León
- Sofía García Fernández

- hace 11 minutos
- 3 Min. de lectura
¿Buscas ayuda para pagar el alquiler en Castilla y León? La Junta ha publicado la convocatoria 2025 de subvenciones destinadas al alquiler de vivienda, pensadas para que hogares con ingresos limitados puedan mantener una residencia habitual y estable en la Comunidad. Aquí te dejo un resumen claro, con plazos, requisitos y claves prácticas para saber si puedes solicitarla y cómo hacerlo.

¿En qué consiste la ayuda?
La convocatoria financia parte de la renta mensual (o del precio por cesión de uso de vivienda o habitación) destinada a residencia habitual y permanente. Se tramita en régimen de concurrencia competitiva —es decir, se comparan todas las solicitudes admitidas— y está dirigida a inquilinos con escasos medios económicos. Quedan fuera los alquileres de vivienda pública de promoción pública, los alquileres con opción de compra, subarriendos y arrendamientos para usos distintos de vivienda.
Plazos y cómo presentar la solicitud
Plazo de solicitud: del 1 de diciembre de 2025 al 30 de enero de 2026.
Vía de presentación: preferentemente electrónica en la web de la Junta de Castilla y León. También se admite presencial, cumplimentando previamente el formulario web e imprimiéndolo para registro.
Quién y cómo puede solicitar la subvención alquiler de vivienda 2025
Pueden solicitarla personas físicas mayores de edad que, a la fecha de publicación del extracto en BOCyL (21/10/2025), cumplan todos estos requisitos:
Contrato válido
Ser arrendatario/a de una vivienda (o habitación) con contrato conforme a la Ley de Arrendamientos Urbanos o de cesión de uso; no se admiten contratos verbales.
Si la vivienda es VPP de promoción privada, el contrato debe estar visado por el servicio territorial de vivienda.
Residencia habitual y permanente
La vivienda/habitación debe ser el domicilio estable durante todo el tiempo subvencionado; hay que estar empadronado en ella. (Para habitación, se considera unidad de convivencia solo a la persona arrendataria/cesionaria).
Nacionalidad o residencia
Españoles, UE/EEE/Suiza y, para extracomunitarios, autorización de estancia o residencia en España.
Límites de ingresos (IPREM)
Mínimo: 0,5 IPREM anual (4.200 €).
Máximo general: 3 IPREM (25.200 €).
Máximo ampliado: 4 IPREM (33.600 €) para familia numerosa general o víctimas de terrorismo; 5 IPREM (42.000 €) para familia numerosa especial o personas con discapacidad ≥33%.
En alquiler/cesión de habitación, solo computan los ingresos de la persona solicitante.
Topes de renta/cesión por ámbito municipal
Que la renta arrendaticia o precio de cesión de la vivienda o habitación objeto del contrato de arrendamiento o de cesión de uso, sea igual o inferior a la cantidad en euros mensuales que se indica a continuación, en función de los ámbitos municipales en los que se encuentra dividido el territorio de la Comunidad de Castilla y León.
Ámbito 1: vivienda ≤ 550 €/mes, habitación ≤ 200 €/mes.
Ámbito 2: vivienda ≤ 500 €/mes, habitación ≤ 175 €/mes.
Ampliaciones de tope para familias numerosas, personas con discapacidad (≥33%) o vulnerabilidad sobrevenida.
Ámbito 1: hasta 700 € (FN general) y 800 € (FN especial / discapacidad ≥33% / vulnerabilidad).
Ámbito 2: hasta 600 € (FN general) y 700 € (FN especial / discapacidad ≥33% / vulnerabilidad).
Incompatibilidades y exclusiones
No se concede la ayuda si:
Eres propietario/a o usufructuario/a de una vivienda en España (hay excepciones: herencias en proindiviso, no disponibilidad por separación/divorcio, inaccesibilidad por discapacidad).
Existe parentesco en 1.º o 2.º grado con el arrendador/cedente.
Eres socio/a o partícipe de la persona arrendadora/cedente (salvo cooperativas en cesión de uso sin ánimo de lucro).
Documentación y tramitación: pasos esenciales
Revisa requisitos (ingresos, contrato, empadronamiento, tope de renta).
Prepara la documentación (DNI/NIE, contrato, justificantes de ingresos, volante de empadronamiento y lo que exijan los formularios).
Presenta la solicitud online en la Sede (o presencial con formulario web impreso) o ven a SGF Asesores y nosotros te ayudamos.
Atiende requerimientos de subsanación si los hubiera.
Conserva justificantes de pago del alquiler que puedan ser requeridos.
En SGF Asesores te ayudamos a tramitar la ayuda de la subvención alquiler de vivienda 2025
Si quieres ir sobre seguro y no perder el plazo ni la oportunidad, en SGF Asesores nos encargamos de todo: verificamos tu contrato y empadronamiento, calculamos IPREM, revisamos topes de renta por ámbito, preparamos y presentamos la solicitud (y sus subsanaciones si hiciera falta). Además, te acompañamos en la justificación posterior y resolvemos cualquier requerimiento de la Administración.
📍 Dirección: C/ Ramón y Cajal, 5, bajo, 09002 Burgos
📞 Teléfonos: 947 251 337 / 652 432 658
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