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Foto del escritorSofía García Fernández

Deducciones autonómicas de Castilla y León

  • POR FAMILIA NUMEROSA

500 euros por familia. 1.000 euros cuando alguno de los miembros a los que sea de aplicación el mínimo por descendiente tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65%. La deducción se incrementará en 820 euros por cada descendiente, a partir del cuarto inclusive, a los que sea de aplicación el mínimo por descendiente regulado en la normativa del IRPF

  • POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN DE HIJOS

1.010 euros por el primero, 1.475 euros por el segundo, 2.351 euros por el tercero y sucesivos, si se cumplen los requisitos exigidos por la ley. Estas cantidades se duplican en caso de que el nacido o adoptado tenga reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%. Estas cantidades se incrementan en un 35% para los contribuyentes residentes en municipios de menos de 5.000 habitantes.

  • POR PARTOS MÚLTIPLES O ADOPCIONES SIMULTÁNEAS

Compatible con la anterior. Si el parto múltiple o la adopción simultánea es de dos hijos, la mitad de la cuantía prevista en el apartado anterior y si el parto múltiple o la adopción simultánea es de tres o más hijos, una cuantía equivalente a la prevista en el apartado anterior. Además deducción de 901 euros durante los dos años siguientes al nacimiento o adopción.

  • POR GASTOS DE ADOPCIÓN

784 euros cuando no se superen determinadas rentas. Para adopciones internacionales, 3.625 euros cuando no se superen determinadas rentas. Compatible con las dos deducciones anteriores.

  • POR CUIDADO DE HIJOS MENORES DE 4 AÑOS

30% de lo satisfecho a la persona empleada del hogar, con el límite de 322 euros, concurriendo determinados requisitos, o 100% de determinados gastos en escuelas infantiles, centros y guarderías infantiles de la Comunidad de Castilla y León, con el límite de 1.320 euros reducido en la cantidad deducida estatalmente, concurriendo determinados requisitos y límites en el importe total.

  • POR CUOTAS A LA SEGURIDAD SOCIAL DE EMPLEADOS DEL HOGAR

15% de las cantidades satisfechas por cuotas a la Seguridad Social de un trabajador incluido en el Sistema Especial para Empleados del Hogar del Régimen General de la Seguridad Social, con un límite máximo de 300 euros y concurriendo determinados requisitos. Deducción aplicable si no se superan determinadas rentas.

  • POR DISCAPACIDAD

Contribuyentes de 65 o más años, 656 euros, con grado de discapacidad igual o superior al 65% y 300 euros para afectados con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. Contribuyentes menores de 65 años afectados por un grado de discapacidad igual o superior al 65%, 300 euros. En cualquiera de los casos, no deben superar determinadas rentas y no deben ser usuarios de residencias públicas o concertadas de la Comunidad.

  • POR LA ADQUISICIÓN O REHABILITACIÓN DE VIVIENDA POR JÓVENES EN NÚCLEOS RURALES

15% de lo satisfecho por la adquisición o rehabilitación, concurriendo determinados requisitos

  • POR INVERSIÓN EN INSTALACIONES MEDIOAMBIENTALES Y DE ADAPTACIÓN A DISCAPACITADOS EN VIVIENDA HABITUAL

15% de la inversión, concurriendo determinados requisitos

  • POR REHABILITACIÓN DE VIVIENDA EN NÚCLEO RURAL DESTINADA AL ALQUILER

15% de las cantidades invertidas con importe máximo de 20.000 euros, concurriendo determinados requisitos.

  • POR ALQUILER DE VIVIENDA HABITUAL (para menores de 36 años

20% del importe de las cantidades satisfechas con el límite de 459 euros, concurriendo determinados requisitos


  • PARA EL FOMENTO DEL EMPRENDIMIENTO

20% de las cantidades invertidas en la adquisición de acciones o participaciones consecuencia de acuerdos de constitución de sociedades o ampliación del capital de sociedades anónimas, limitadas o laborales, por importe mínimo del 0,5% y máximo del 45% del capital de la sociedad, concurriendo determinados requisitos, con un importe máximo de la deducción de 10.000 euros.

  • POR CANTIDADES DONADAS A FUNDACIONES DE CASTILLA Y LEÓN Y PARA RECUPERACIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL Y NATURAL

15% del importe de la donación concurriendo determinados requisitos

  • - POR CANTIDADES DONADAS A UNIVERSIDADES PÚBLICAS DE CASTILLA Y LEÓN, FUNDACIONES Y OTRAS INSTITUCIONES PARA EL FOMENTO DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO Y LA INNOVACIÓN

15% del importe de la donación concurriendo determinados requisitos

  • POR CANTIDADES INVERTIDAS EN LA RECUPERACIÓN DEL PATRIMONIO HISTÓRICO, CULTURAL Y NATURAL DE CASTILLA Y LEÓN

15% del importe de la inversión concurriendo determinados requisitos

  • PARA EL FOMENTO DE LA MOVILIDAD SOSTENIBLE

15% de las cantidades destinadas a la adquisición de vehículos de energías alternativas más eficientes y sostenibles, con un límite de 4.000 euros concurriendo determinados requisitos como que el valor de adquisición del vehículo, impuestos incluidos, no puede superar 40.000 euros

  • POR ADQUISICIÓN DE VIVIENDA DE NUEVA CONSTRUCCIÓN PARA RESIDENCIA HABITUAL

7,5% de las cantidades satisfechas, aplicable durante 5 años, visado obtenido entre 01/09/2011 y 31/12/2012 y una base máxima de deducción de 9.040 euros anuales

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