Obligatoriedad de Dirección Electrónica Vial para las Personas Jurídicas
En base a la obligatoriedad legal establecida para las personas jurídicas de relacionarse de forma electrónica con la Administración, éstas deberán darse de alta en la Dirección Electrónica Vial (en adelante DEV) para recibir las notificaciones relacionadas con el procedimiento sancionador de tráfico, tanto competencia de este Centro Directivo como de cualquier otro organismo que tramite multas de tráfico.
A partir del 1 de noviembre de 2022, la Dirección General de Tráfico dejará de enviar notificaciones en papel y pasará a notificar a las personas jurídicas sólo de forma electrónica a través de la DEV. Por ello antes de dicha fecha deberán darse de alta en DEV a través del siguiente enlace de la sede electrónica de la página web de la DGT.
Será necesario disponer de un certificado digital en vigor y que facilite al menos un correo electrónico y un teléfono móvil de manera que pueda recibir los avisos de las notificaciones pendientes:
En cualquier caso, a fecha 1 de noviembre de 2022, se les asignará de oficio una dirección electrónica vial, donde se realizarán las notificaciones en materia de procedimiento sancionador de tráfico. Recuerde que si no comunican a DGT un correo electrónico o teléfono móvil para este fin, no recibirán avisos de la puesta a disposición de las notificaciones de multas de tráfico.
Para más información sobre la DEV consulte el siguiente enlace de la sede electrónica de la DGT:
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